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Pequeñas y medianas empresas


Monday, 28 November 2011

¿Cómo elegir un local adecuado para nuestro negocio?

Doris Soro ToránAsí como para cualquier persona la compra de una vivienda es, económicamente hablando, una gran responsabilidad, para un emprendedor la elección de un local, en las actividades que lo precisen, es una de las decisiones que más van a influir en el éxito de su empresa.

Dejando aparte las cuestiones burocráticas, de coste o de marketing, todas ellas imprescindibles, vamos a centrarnos en los aspectos que se refieren a la reforma, o adecuación si éste es nuevo, del local a nuestra actividad.

Acertar a la primera puede ahorrarnos mucho dinero y algunos de los siguientes puntos, relativos al cumplimiento de las normativas vigentes, aunque puedan parecer obvios no siempre se tienen en cuenta. Valorarlos con antelación tiene especial interés, sobre todo en establecimientos de hostelería, que es donde las normas son más restrictivas, aunque algunos de ellos pueden extenderse a cualquier actividad.

Vamos, pues, a comprobar los requerimientos que ha de cumplir el local para que nos otorguen las licencias de actividad y apertura:

- En cuanto a ubicación: determinados negocios, como por ejemplo los de hostelería o farmacia, padecen restricciones en muchos ayuntamientos en cuanto a densidad de implantación y no se permite la ubicación de uno nuevo si ya hay otros a una distancia determinada que varía en función, en los primeros, de la clasificación del local.

- En cuanto a clasificación de la actividad: algunas actividades, como los locales nocturnos, tienen una normativa específica por el riesgo de molestias al vecindario. Cuando menos, han de cumplir serias medidas de aislamiento, por lo que antes de decidirnos por un local valdría la pena hacer un pequeño estudio acústico sobre el estado actual para valorar el coste que va a tener el cumplimiento de dichas normativas y, de hecho si va a ser factible, pues si hay viviendas inmediatamente encima del local, no se otorgará la licencia.

- En cuanto a la normativa de protección contra incendios y seguridad en el trabajo: algo tan básico como la altura de los techos del local, no suele tenerse en cuenta. Como ejemplo, la Norma marca que ha de ser como mínimo de 3,20cm. en locales de pública concurrencia como los destinados a hostelería (según Normativa de Policía y Espectáculos Públicos por riesgo de asfixia en un incendio) y de 2,80cm. (según Normativa de Seguridad e Higiene en el Trabajo) en el resto de actividades, salvo almacenes.

- En cuanto a instalaciones existentes en el local: debemos tener claras una serie de cuestiones antes de decidirnos por un local, entre ellas si será necesaria una salida de humos y, si lo fuera, si la existente cumple la normativa vigente, o si la potencia que es capaz de soportar el cuadro eléctrico actual es suficiente para nuestras necesidades. Si hemos de realizar cambios en cualquiera de estas partidas, probablemente no nos interese económicamente ese local.

- En cuanto a superficie: si se supera un aforo de 50 personas (el aforo se mide en función de una serie de factores establecidos por la Normativa), será necesario disponer de aseos para minusválidos, así como diseñar todo el local para que los accesos y pasos cumplan la Normativa de Accesibilidad (para personas con movilidad reducida). Esto es importante en cuanto a que hemos de valorar si la superficie útil que nos queda con estas restricciones, es suficiente para asegurar el volumen de ventas y/o público que necesitamos para que nuestro negocio sea viable.

Doris Soro Torán
Interiorista
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Tuesday, 22 November 2011

Los bancos piden más garantías personales a los empresarios

El 45,7% de las Pequeñas y Medianas Empresas (Pymes) que accedieron a financiación en el segundo trimestre del año tuvieron que presentar garantías de carácter personal para poder optar al crédito, según la última encuesta encargada por el Consejo Superior de Cámaras de Comercio. Las dificultades para obtener esa liquidez persisten de tal manera que el 85,5% de las empresas consultadas declaran haber tenido problemas para sellar un acuerdo.

De las más de 1,2 millones de pequeñas y medianas sociedades que entablaron conversaciones para lograr liquidez (tres cuartas partes del total existente), el 11,9% finalmente no la obtuvo. Porcentaje que se redujo sensiblemente en comparación con el trimestre anterior y de forma más acusada respecto a principios de 2009 cuando el 18,4% no consiguió financiarse.

Además de esta reducción en el número de solicitudes denegadas, el volumen de los créditos negociados también mermó seis puntos hasta afectar al 33,3% de las pymes. Asimismo, el número de empresas que han experimentado una reducción en el plazo exigido para la devolución del dinero también cayó hasta el 5,8%, casi cuatro veces menos de las que se vieron afectadas a principios de 2009. Aunque casi la mitad (47,8%) considera que el plazo de respuesta a la solicitud de se dilató demasiado.

Más información:
Expansión:
La banca pide más garantías personales a los empresarios

Wednesday, 5 October 2011

Cazados por las gangas

Son muchas las pequeñas y medianas empresas que han sido seducidas por Groupon, Groupalia, Offerum o LetsBonus para captar clientes de forma fácil y rápida. La fórmula: ofrecer grandes descuentos a los que compren sus productos en cualquiera de estos portales. El objetivo: vender más y captar nuevos clientes. La crítica: los que acuden a estas webs solo buscan gangas que consumen y olvidan, es muy difícil fidelizarlos.

Marcel Rafart, presidente de Groupalia, tiene su propio análisis: “Cuanto más alto es el descuento, más posibilidades hay de captar nuevos clientes. Esto puede hacer pensar que un mayor descuento es sinónimo de menor fidelización, pero nuestros datos demuestran que el usuario repite a precio completo por otros factores, como el trato que haya recibido en el establecimiento o la calidad del servicio. El 56% de los usuarios que utiliza un servicio en Groupalia volvería a hacerlo a un coste realâ€.

En el caso de LetsBonus, el índice de repetición de ventas “ronda el 25%, dependiendo de la categoría. En total, el portal suma ya 2.500 comercios asociados, de los que más de 1.000 han repetidoâ€, afirma Miguel Vicente, consejero delegado de LetsBonus.

“Nuestros estudios indican que los clientes gastan, de media, un 30% más que el valor del cupón descuentoâ€, añade. LetsBonus devuelve a la empresa el 50% del importe de la campaña durante los diez primeros días. “Los consumidores tienen hasta 6 meses para canjear los cupones y las pymes no siempre pueden esperar ese tiempo para facturarâ€, dice Vicente.

Por supuesto, no siempre se tiene éxito. “Encontramos colaboradores que quieren lanzar campañas cada semana y que entienden mal el modelo porque lo asocian a ingresos a corto plazo. En estos casos, siempre explicamos que no tiene sentido lanzar más de 4 ó 6 campañas en un añoâ€, continúa Rafart. “El canal constituye una forma de impactar sobre clientes que conocen el establecimiento gracias al plan lanzado en portales como Groupaliaâ€.

Cómo funciona

El comercial del portal de cupones se desplaza hasta el negocio para estudiarlo y ver qué tipo de oferta se puede ofrecer. Analiza su estructura de costes fijos y variables para ajustar el descuento que deberá de ser de al menos un 50%. El portal se encarga del diseño de la campaña y promoción vía emailing. El portal cobra una comisión que va del 30% al 50% de la venta.

“Los cupones descuento no soportan ningún coste fijo. Además, nosotros nos encargamos del diseño de la campaña, la fotografía, etc.; el cliente sólo lo tiene que validarâ€, indica Miguel Vicente. “Si ellos no venden, nosotros tampoco. Por eso, tratamos de aconsejar a las empresas, en base a otras experiencias, qué tipo de productos tienen mejor acogida y los descuentos que mejor funcionanâ€, expone.

La inserción de una campaña de descuento en estos portales permite también a los pequeños negocios promocionar sus productos y servicios ante una gran audiencia. Groupalia y LetsBonus, las dos mayores propuestas españolas en este mercado, suman en la actualidad 11 y 3,5 millones de usuarios únicos al mes, respectivamente, y sus acuerdos no incluyen cláusula de exclusividad.

Más información
Expansión:
La fiebre de los cupones descuento contagia a las pymes

Tuesday, 20 September 2011

El fraude a lo grande

Las grandes fortunas y grandes empresas evadieron a la Agencia Tributaria 42.711 millones de euros en 2010. Todos estos millones representan el 71,8% del total del fraude en España y triplican el fraude conjunto de pymes y atutónomos. Todo según la segunda parte del informe de “Lucha Contra el Fraude Fiscal en la Agencia Tributaria” elaborado por los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).

Pymes y autónomos sumaron un fraude fiscal que rondó los 16.261 millones el año pasado. El fraude fiscal de particulares, vía plusvalías, arrendamientos, rentas del trabajo o del capital, se situó alrededor de 1.543 millones al año. Así pues, el fraude total ascendería a 59.515 millones de euros, el doble del fraude laboral, cifrado en torno a los 30.000 millones.

Dado que las tres cuartas partes de la evasión fiscal se localiza en las 41.582 empresas de mayor tamaño, el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, consideró que existe “consonancia” con las cantidades de billetes de 500 y 200 euros. El responsable de los Técnicos de Hacienda recordó, a través de un comunicado, que aunque el tipo general del Impuesto de Sociedades es del 30% para las grandes empresas y del 25% para las pymes, el tipo efectivo es finalmente inferior para las compañías de mayor tamaño.

Según los últimos datos disponibles, correspondientes al ejercicio 2008, las microempresas que facturaron entre 6.000 y 60.000 euros tributaron a un tipo efectivo del 23,9%, mientras que las empresas que ingresaron entre 6 y 12 millones lo hicieron al 21,2%, dos puntos y medio menos. Por su parte, Gestha calculó que las corporaciones empresariales que facturaron más de 180 millones tributaron al 19,5%, es decir cuatro puntos y medio puntos menos que las microempresas.

Más información:
El Día.es:
El fraude en grandes firmas y fortunas triplica el de pymes y autónomos

Monday, 25 July 2011

Las empresas pagan menos a Hacienda por sus beneficios que los hogares

Las empresas consiguen eludir, legalmente eso sí, hasta dos tercios de la carga fiscal que les tocaría asumir. Hacienda sólo recibe el 9,9% de las ganancias que obtienen las sociedades, un porcentaje muy alejado del tipo oficial del impuesto (30% para grandes empresas y 25% para pymes). Las empresas, por tanto, pagan menos por sus beneficios que los hogares, que destinan el 11,5% de su renta.

Así lo apunta El País en un artículo en el que se señala que en el panorama internacional, España está asociada a un impuesto de sociedades que se sitúa en la banda alta de los europeos. Pero ese 9,9% real sobre el beneficio que acaban pagando las empresas -una vez aplicada la consolidación en caso de grupos, eliminadas las amortizaciones y ajustes y restadas todas las deducciones del tributo- se aproxima más al controvertido modelo irlandés, que impone un 12,5% por los beneficios, que al 26% promedio de la zona euro (aunque estos tipos son nominales y también pueden verse mermados por deducciones).

El tipo efectivo sobre beneficios ha caído casi 10 puntos desde 2005, en plena expansión económica. Además de la crisis, la reforma fiscal que en 2007 propició la primera rebaja del impuesto de sociedades en democracia, sumada a una batería de medidas de alivio fiscal posterior, explican ese brusco descenso, que dejan la recaudación del impuesto de sociedades en 16.198 millones de euros en 2010. Se trata del nivel más bajo de los últimos 10 años, según admite la Agencia Tributaria. Si se toma el tipo efectivo sobre la base imponible (la que se somete al impuesto), el resultado es el 16,4%, el más bajo de la serie, que arranca en 1995.

Maniobras legales en la oscuridad

Las maniobras legales que emplean las grandes empresas para dejar intacto el grueso de sus beneficios explican buena parte de este desplome. “El empeoramiento de la base del pago no refleja la marcha de los beneficios declarados a la Comisión Nacional del Mercado de Valores por las sociedades que cotizan en Bolsa”, constata la Agencia Tributaria. Más allá del último ejercicio liquidado, el de 2009, el documento recuerda que para 2010 se prevé una mejora del 2,5% en los beneficios y, sin embargo, las cantidades fraccionadas que ya han abonado las empresas “apuntan a un descenso del 15,5%, superior al que se registró en 2009″.

La propia Agencia señala como causa una norma que aprobó en plena crisis para calmar la asfixia empresarial. Se trata de la libertad de amortización de activos, en principio pensada hasta 2012, aunque finalmente regirá hasta 2015. Las empresas pueden aplicarse esa amortización de golpe (en lugar de ir descontando una cantidad pequeña en sucesivos ejercicios), de forma que un resultado contable positivo puede quedar muy disminuido o transformarse en pérdidas. Esa medida, originariamente pensada para empresas pequeñas o que mantuvieran el empleo, aunque ahora se ha extendido a todas, costó al erario público 400 millones de euros en 2010, más del doble de lo que Hacienda recauda por la subida del IRPF a las rentas altas.

Más información
El País:
Las empresas pagan en impuestos solo el 10% de sus beneficios

Friday, 17 June 2011

Diseñando la oficina en casa perfecta

Doris Soro ToránEl incremento de casos severos de estrés, lesiones repetitivas y el llamado “síndrome del edificio enfermoâ€, todas ellas afecciones asociadas a ambientes de trabajo insanos, han producido una mayor conciencia de los resultados de un ambiente nocivo en la salud y por tanto una mayor demanda de mejoras en este sentido.

Estos nuevos requerimientos son mucho más fácilmente satisfechos en las oficinas domésticas.

Una oficina en casa puede proporcionar todas las ventajas de un despacho comercial y algunas adicionales, como la elección de la decoración, el esquema de color y la posibilidad de controlar todo aquello que influya en nuestras necesidades, inclinaciones y características personales.

El despacho doméstico debería diseñarse teniendo en cuenta la practicidad tanto como el confort. El ambiente perfecto para favorecer la creatividad y la productividad requiere una cuidadosa planificación y análisis. En otras palabras: necesita ser diseñado ergonómicamente.

La ergonomía es el estudio de la relación entre las personas y su entorno, especialmente con el equipamiento que usan. En la práctica esto significa elegir el escritorio y la silla adecuados, y distribuir los muebles y el equipamiento para maximizar la eficiencia y minimizar la tensión psicológica y la incomodidad.

Tomando en consideración tus pautas de trabajo y tus requisitos particulares antes de tomar una decisión, no sólo evitarás perder tiempo y dinero, sino que evitarás perjuicios por usar productos mal diseñados o incorrectamente utilizados.

Piensa acerca de cómo trabajas, cuánto tiempo pasas ante tu escritorio, cuán a menudo te levantas y qué elementos necesitas a tu alrededor. Piensa también cuáles son tus prioridades en cuanto a mobiliario y equipamiento y cuánto estás dispuesto a gastar. Esto está íntimamente relacionado con el estilo que quieras dar al espacio. Considera cuidadosamente el estilo y tipo de muebles que necesites, teniendo en cuenta que vas a trabajar y además vivir con ellos probablemente un tiempo considerable.

Si tu presupuesto es limitado, date una vuelta por la casa para ver si puedes reciclar algún objeto o mueble para tu nueva oficina, como sillas de cocina reconvertidas en sillas de reunión, las lámparas de la mesilla de noche como luces de ambiente sobre una estantería …

Selecciona un esquema de color e integra en él todos los elementos de la oficina: archivadores, mobiliario, cortinas y accesorios; para crear una oficina coordinada y agradable. Invierte en archivadores del mismo tipo y del estilo que quieres para tu oficina, sólo este detalle hará que se vea más armoniosa.

Y recuerda: trabajar en casa es una elección de estilo de vida positiva que te da libertad para controlar tu ambiente de trabajo, aprovéchalo y planifica tu despacho de forma que satisfaga tus requerimientos específicos y ¿por qué no? mímate con un solo elemento lujoso como un sillón de piel o una máquina de café express que te hagan desear estar allí.

Disfruta del proceso, ¡es un cambio excitante!

Doris Soro Torán
Interiorista
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Wednesday, 8 June 2011

Desaparecen 450.000 pequeñas y medianas empresas

El 13% de los pequeños y medianos negocios que estaban abiertos en 2007 han cerrado sus puertas. Así lo afirma el presidente de la  Confederación Española de la Pequeña y Mediana Empresa (Cepyme), Jesús Terciado, que ha recordado que la pérdida de negocios puesta en números asciende a 450.000, tal como publica El País. Y lo peor: cerca de la mitad se destruyeron por culpa de la morosidad.

Entre los morosos que no pagan a las empresas españolas aparecen los organismos públicos que cada día más hinchan sus deudas. Así lo confirma el Banco de España: a finales de 2010, los organismos públicos debían 45.794 millones de euros a las llamadas sociedades no financieras (los proveedores), más del doble que a principios de 2005, cuando los gastos previstos en esa rúbrica apenas superaban los 20.000 millones.

La Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA) apunta a la costumbre de Ayuntamientos y Comunidades de encargar lo que en principio no pueden pagar confiando en los créditos que ya no se conceden. Se trata de una perversión del sistema que afecta sobre todo a las empresas del sector sanitario y llega a extremos de más de 600 días de retrasos en los pagos en las Islas Baleares, Murcia y Cantabria, como recoge un informe de la consultora PWC, o en la Comunidad Valenciana, según han denunciado varios proveedores.

Lorenzo Amor, presidente de ATA, es más que claro: “Las Administraciones Públicas se han convertido en la principal fuente de destrucción de empleoâ€. Hay excepciones, es decir organismos más solventes que otros, como los Consistorios de Bilbao, Barcelona y Pamplona, o los Gobiernos de Navarra, La Rioja, Asturias y Castilla y León. Pero en general la situación es dramática, y Amor desgrana unos datos que, asegura, afectan tanto a las comunidades o Ayuntamientos del Partido Popular como los gobernados por el PSOE u otras formaciones. “Antes de las elecciones del 22-M la deuda estaba en 12.000 millones y la demora de pago era de un promedio de158 díasâ€, explica. Tres semanas después de los comicios locales, el escenario ha degenerado y abre el camino a unas perspectivas aún más sombrías. Según los cálculos de la federación las deudas ascienden ahora a unos 14.000 millones y los días de retrasos en los pagos ya son 170. Lo que traduce en casi dos millones de trabajadores autónomos con el agua al cuello.



Más información
El País:
Las pymes denuncian la desaparición de 450.000 empresas y que cobran a 5 meses

Wednesday, 27 April 2011

El Supremo confirma el desahucio de los alquileres industriales cuando pasen 5 días del fin del contrato

Los inquilinos con alquiler industrial pueden ser desahuciados en un plazo de cinco días tras la finalización del contrato según el Tribunal Supremo. En su sentencia indica que este tipo de alquiler se rige por el Código Civil y no por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y también indica que no hay que confundir el alquiler de un local de negocio (regido por la LAU) con el arrendamiento de industria en funcionamiento, pues aquí se alquilan una serie de elementos (la empresa, las instalaciones, la clientela, etc.), que quedan fuera de esta ley.

La Sala Primera del Tribunal Supremo desestima así el recurso de casación presentado por el inquilino de una explotación de ganado para la producción de productos lácteos contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canarias, que también concluyó que había que aplicar el Código Civil. La sentencia anterior obligó al inquilino de la finca a desalojarla en el plazo de cinco días, al estimar el desahucio por expiración del contrato de arrendamiento de industria.

Las partes firmaron un contrato de arrendamiento de una finca rústica de tierra labradía para pastos el 1 de marzo de 2001. Allí se acordó que la duración sería hasta el 31 de diciembre de 2001, aunque se podría acordar la prórroga de mutuo acuerdo por escrito antes del fin del periodo pactado. Al finalizar la prórroga de cuatro meses por períodos de 10 meses establecida entre las partes, el dueño pidió al inquilino que dejara la finca libre antes de una fecha concreta. Este se negó al considerar que debía aplicarse la LAU que le permitía ampliar el plazo.

Más información:
Yahoo! Noticias:
El Supremo confirma el desahucio de los alquileres industriales cinco días después del fin del contrato

Monday, 7 March 2011

Los inquilinos morosos lo pagan caro en el alquiler de locales

La Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos ha venido a corregir, sobre todo en locales comerciales, el desequilibrio existente entre las obligaciones del arrendador y el arrendatario, promulgando una amplia libertad de pactos, inexistente en la LAU de 1964, incluso en materia de cláusulas penales. Dos ejemplos concretos pueden ilustrar la anterior aseveración.

En primer lugar el Tribunal Supremo (31/03/2010) declara lícita y exigible una cláusula por la que se sanciona el retraso en la devolución de la finca arrendada y condena al arrendatario moroso a pagar 444.092,58 euros correspondientes a la cuantía exigible en cumplimiento de la cláusula penal estipulada contractualmente.

Considera el TS que el actor permaneció en la ocupación del local a sabiendas que debía abandonarlo, y aunque pagó la renta pactada en el contrato ya extinguido, consiguió dilatar el proceso de desahucio por expiración del plazo durante más de cuatro años, mediante un procedimiento penal que finalmente fue archivado.

En el mismo sentido la AP de Albacete (…..) declara válida y eficaz la clausula por la que se obliga a la arrendataria de un local de negocio a pagar la cantidad de 1.069.758,50 euros, por abandonar el local de negocio dejando incumplido el plazo de arrendamiento pactado. En este supuesto se había pactado un plazo de duración de treinta años, siendo los cinco primeros de ineludible cumplimiento para las partes, con la sanción penal de la cantidad antes reseñada para el caso de desistimiento del arrendatario. El Tribunal condena a pagar dicha cantidad por el abandono del local antes de cumplir los cinco años por considerar que la estipulación pactada opera a modo de cláusula penal en cuanto señala las consecuencias del incumplimiento del plazo de duración por el arrendatario de manera clara y sin que ofrezca lugar a dudas o interpretaciones conforme a lo previsto en el art. 1281 y siguientes del Código Civil.

En ambos supuestos los juzgadores entienden que no procede aplicar la facultad de moderar equitativamente la pena, solicitada por los arrendatarios, puesto que para ello es necesario acreditar que se ha cumplido parcialmente la obligación, cosa que no sucede en ninguno de ellos.

En resumen cabe reiterar que es más que conveniente antes de firmar un documento leerlo entero y comprenderlo correctamente, acudiendo, si por su extensión o complejidad parece necesario, al auxilio de un Letrado. Zapatero a tus zapatos

Pedro Hernández, abogado
Blog: http://pedrohernandezabogado.blogspot.com/
Consultas legales: 807 520 008 (1,16 €/min. desde fijo; 1,55 €/min. desde móvil)

Monday, 17 January 2011

Menos autónomos y más grandes empresas

El último estudio de la Federación Nacional de Asociaciones de Trabajadores Autónomos (ATA) revela que el número de autónomos sin asalariados ha descendido un 9% desde diciembre de 2008, mientras que las grandes empresas han registrado un aumento del 2,1%.

Durante los dos últimos años se han perdido 253.716 empresas, de las que 155.979 estaban regentadas por un autónomo sin asalariados, es decir, el 61,5% del total de las empresas desaparecidas. En el caso de las empresas con asalariados, concentraron el 38,5% del total de la pérdida de empresas.

Mientras los autónomos empleadores, las micro y las pequeñas empresas descendieron un 5,6% por la crisis económica, las grandes empresas han registrado un crecimiento del 2,1%. Casi todas las pérdidas se dieron en empresas entre seis y 50 trabajadores, con un descenso cercano al 10%, seguida de las que contaban con un empresario autónomo y de dos a cinco trabajadores, que cayeron un 6%.

Para Lorenzo Amor, presidente de ATA, estos datos reflejan cómo las grandes empresas han tenido menos dificultades para “sobrevivir†que los autónomos, las micro y las pymes, “sobre todo por las facilidades de acceso a financiación de este tipo de empresas y la mayor capacidad para afrontar situaciones como éstaâ€. Amor volvió a insistir en que “los autónomos somos los grandes perjudicados de esta crisis, ya que la pérdida registrada en los dos últimos años, lo más complicados, prácticamente ha duplicado a la registrada por las empresas con empleados, como consecuencia de la dificultad de este colectivo para acceder al crédito, la alta morosidad a la que se ve sometido y su escasa capacidad para capear este temporal, al no contar con ayuda ni con apoyo de nadieâ€.

Más información
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Nuevas Tecnologías: Las grandes empresas crecen y las pymes desaparecen