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Ampliados durante un año los criterios para delimitar fondos propios y ajenos

El Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre por el que se modifica el RD 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad ha modificado el apartado 4 de la disposición transitoria quinta para ampliar de forma excepcional y por un plazo de un año la vigencia de los criterios por los que se establece la delimitación entre fondos propios y fondos ajenos en las normas sobre aspectos contables de las sociedades cooperativas. En caso contrario, el 1 de enero de 2010, las sociedades cooperativas de competencia autonómica cuya ley sustantiva no hubiese sido modificada estarían obligadas a calificar todo el capital social como pasivo.

Texto legal:

“Artículo único. Modificación del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad.

Se modifica el apartado 4 de la disposición transitoria quinta del Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, que queda redactado en los siguientes términos:

«4. Los criterios por los que se establece la delimitación entre fondos propios y fondos ajenos en las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas, aprobadas por Orden ECO/3614/2003, de 16 de diciembre, podrán seguir aplicándose hasta 31 de diciembre de 2010.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente norma entrará en vigor el 1 de enero de 2010.

Dado en Madrid, el 23 de diciembre de 2009.

Juan Carlos R.

La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda,

Elena Salgado Méndez”


Más información:
Derecho.com:
Real Decreto 2003/2009, de 23 de diciembre
Cinco Días: Ampliados durante un año los criterios para delimitar fondos propios y ajenos


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